El Consejo Asesor de la Magistratura de Tucumán (CAM) modificó el artículo 38 de su Reglamento Interno durante la última sesión del 20 de marzo de 2023 (fotografía de portada). Dicha modificación se realizó teniendo en cuenta la necesidad de tomar las pruebas escritas de concursos de forma presencial nuevamente, incorporando y aprovechando los beneficios resultantes de la experiencia del sistema en línea y posibilitando a los/as postulantes a concurrir a sus exámenes con bibliografía de apoyo.
El Consejo decidió que la etapa de oposición de concursos podrá realizarse de manera presencial o remota, según se disponga oportunamente por presidencia. Para desarrollar sus exámenes, en cualesquiera de dichas modalidades, los/as concursantes utilizarán la misma plataforma (exam.net) que vienen usando en las pruebas en línea y con la cual ya se encuentran familiarizados. Por su parte, el CAM podrá controlar la sala y el desarrollo de las pruebas a través diferentes filmaciones, cuyas grabaciones serán incorporadas a los respectivos expedientes de concursos.
Como indica la norma, los y las participantes no podrán contar con ningún tipo de dispositivo electrónico a la hora de realizar sus exámenes. En cuanto a la bibliografía de apoyo, podrán acudir con legislación, textos legales anotados o comentados, códigos y libros de doctrina que no contengan modelos ni ejercitaciones, hasta un máximo de 20 ejemplares, material que será verificado previamente por personal del Consejo, sin perjuicio de los controles aleatorios que se realizaren durante todo el transcurso del examen.
Por otro lado, la nueva modificación del reglamento indica que los/as aspirantes inscriptos deben comunicar su participación en la prueba de oposición hasta 48 horas de recibida la notificación del instructivo de examen respectivo, para lo cual deberán registrar su asistencia en su perfil de SIGECAM. Ante el incumplimiento de este deber, quedarán excluidos del concurso.
Como siempre, los exámenes deben ser anónimos, por lo cual, la inserción de cualquier signo que permita descubrir la identidad del concursante determinará su automática exclusión del concurso en cuestión.
El texto completo correspondiente a las modificaciones del artículo 38 del RICAM se encuentra en el Acuerdo n°38/2023, rubricado por el CAM el pasado 20 de marzo.